MADRID, 03 (SERVIMEDIA)
El Gobierno ha reconocido la infiltración de un policía nacional en grupos antisistema de Valencia, en concreto del barrio de Benimaclet, que tiene un problema de okupas en terrenos que forman parte de un proyecto urbanístico.
El Ejecutivo se refiere a este asunto en una contestación por escrito remitida al Congreso, donde ERC se había interesado sobre esta asunto.
Las diputadas republicanas Marta Rosique y Montserrat Bassa pidieron datos sobre la «infiltración de un agente de la Policía Nacional en los movimientos populares de Valencia, en el barrio de Benimaclet».
En este barrio existe un problema con okupas que tienen tomadas algunas parcelas de propiedad privada, donde la promotora Metrovacesa tiene un proyecto para construir 1.300 viviendas y espacios ajardinados y dotacionales.
A este respecto, en esta contestación del Gobierno recogida por Servimedia, se afirma que «desde la Comisaría General de Información se solicitó la autorización administrativa correspondiente» para infiltrar a un agente en el barrio de Benimaclet.
DECLARADO «SECRETO»
Desde La Moncloa se afirma que lo referido a esta operación se ha declarado «secreto» al amparo «de los acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986 y, con fecha posterior, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de febrero de 1996, por el que se clasifican determinados asuntos y materias con arreglo a la Ley de Secretos Oficiales».
El Gobierno da esta información tras referirse a que «las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actúan en todo momento desde el estricto cumplimiento de la ley, con la máxima profesionalidad y con plena sujeción a los valores constitucionales, como es propio de un Estado de derecho».
También se indica que las «funciones» de las fuerzas policiales están recogidas en la Constitución y que su cometido es «el de garantizar la seguridad con la finalidad de hacer efectivo el pleno ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos».
Además, se apunta a que en este caso de Valencia no se habría usado la figura del «Agente Encubierto», del artículo 282 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino de «Agente de Inteligencia», al amparo de las funciones encomendadas a la Policía Nacional por la regulación vigente. En concreto, el artículo 11 de la Ley Orgánica 2/86, de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.